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UN HECHO HISTÓRICO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La "Declaración de Pulmarí" fue firmada el 29 de agosto de 2014 en Aluminé, por los representantes del Ministerio Público Fiscal de Neuquén, de la Corporación Interestadual Pulmarí y del Consejo Zonal Pewence. La iniciativa constituyó un hecho histórico que colocó a Neuquén a la vanguardia en políticas de integración intercultural, materializándolas al amparo de normas internacionales, nacionales y provinciales que establecen el reconocimiento de las costumbres de los pueblos indígenas para resolver conflictos penales, en la medida  que éstas sean compatibles con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos reconocidos internacionalmente. 

 

De acuerdo a las pautas que fueron consensuadas por los impulsores de la iniciativa, para aplicar este reconocimiento en las comunidades mapuches se deben tener en cuenta los siguientes requisitos:

 

1.  Debe tratarse de un conflicto que interese al derecho penal;

2.  Que involucre  sólo  a miembros de  comunidades indígenas reconocidas por el Estado;

3.  Que haya  ocurrido únicamente  en territorio reconocido  de las comunidades indígenas; 

4.  Que el hecho  no  afecte gravemente el interés público  o  que no involucre un interés público prevalente; 

5.  De  aplicarse  una sanción,  que la  misma  respete los derechos humanos; 

6.  Que el conflicto  sea  resuelto  o  avalado por  una autoridad legitimada por las comunidades indígenas. 

 

Mediante la Instrucción General 6, firmada por el fiscal general de Neuquén José Gerez a principios de septiembre de 2014, los y las fiscales fueron instruidos para comenzar a aplicar la "Declaración de Pulmarí" para la resolución de casos penales con hombres y mujeres de las comunidades mapuches de Neuquén. 

 

Las comunidades mapuches comprendidas por las iniciativa, fueron la Catalán, Aigo, Ñorquinco, Currumil, Puel, Hiengheihual y Wiñoy Tayin Rakizuam.

 

La Corporación Interestadual Pulmarí (CIP) fue creada en 1987 tras décadas de demanda territoriales de los hombres y mujeres de las comunidades indígenas de la provincia. El Estado nacional y provincial acordaron la sanción de la Ley 23.612 (nacional) y 1.758 (provincial), mediante la cual aportaron 67.900 y 45.000 hectáreas respectivamente, para conformar el espacio territorial que comprende las localidades de Aluminé y Villa Pehuenia, principalmente.

 

El objetivo de su creación fue el de restaurar un espacio territorial habitado por mapuches, en su mayoría, pero también por criollos. Lo que buscó fue la integración intercultural en un proyecto común, orientado al desarrollo socioeconómico (producción de ganado bovino, ovino y caprino; forestación para la extracción de madera y piñones; explotación apícola y de frutas finas; y turismo). En la actualidad, lo habitan alrededor de 2.000 personas, en su mayoría hombres y mujeres de las comunidades mapuches.

 

El territorio está distribuido entre seis comunidades mapuches (50.000 hectáreas); los pobladores criollos (11.000 hectáreas); los concesionarios (9.000); el Ejército Nacional (6.000); Corfone (4.700 hectáreas); y 25.500 hectáreas de bosque nativo.

 

En 1947, el presidente Juan Domingo Perón expropió la Compañía Estancia Pulmarí y el territorio fue entregado al Ejército Nacional y Parques Nacionales.

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